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Regulación del Sector de Hidrocarburos

El quinquenio comprendido entre 2006 y 2010 representó para la CRE un periodo de objetivos diversos, en función del grado de madurez de la propia regulación en cada uno de los sectores correspondientes.

Resumen Ejecutivo

El quinquenio comprendido entre 2006 y 2010 representó para la CRE un periodo de objetivos diversos, en función del grado de madurez de la propia regulación en cada uno de los sectores correspondientes.

Una de las orientaciones fundamentales fue la adecuación permanente del marco regulador de gas natural. Después de una década de operaciones de la CRE, el dinamismo que caracteriza a los mercados energéticos exigió que el marco regulador se adaptara a las condiciones cambiantes del mercado del hidrocarburo.

En materia de VPM (Ventas de Primera Mano), se continuaron los esfuerzos por poner en marcha el Régimen Permanente de los Términos y Condiciones Generales para las VPM de Gas Natural (TCGVPM), junto con las Condiciones Generales de Prestación de los Servicios (CGS) en el Sistema Nacional de Gasoductos (SNG) en condiciones de acceso abierto.

En este ámbito, la CRE se mantuvo en constante proceso de sensibilización entre los actores de la industria, con la finalidad de evidenciar los beneficios del cambio de paradigma en cuanto al proceso y formas de enajenación y entrega del gas natural. Con este, los adquirentes contraerán una mayor corresponsabilidad en las diferentes actividades de la cadena de suministro.

En materia de regulación de la infraestructura de transporte, almacenamiento y distribución, destaca la expedición de la Directiva de Tarifas, DIR-GAS-001-2007. Este instrumento permitió actualizar las disposiciones regulatorias en la materia, en concordancia con la evolución dinámica de la industria del gas natural. Entre los cambios más significativos de esta nueva Directiva cabe señalar el cambio de regulación de ingreso máximo unitario a una de tarifas máximas individuales.

Como parte del ejercicio de la regulación tarifaria con base en los principios establecidos en la DIR-GAS-001-2007, se establecieron criterios concretos y transparentes para la aprobación de las tasas de rentabilidad a los permisionarios. Así, se desarrollaron bases de datos para realizar ejercicios comparativos en el proceso de revisión tarifaria. Asimismo, se continuó en la búsqueda de las mejores prácticas para determinar los factores de eficiencia que forman parte fundamental de la regulación por incentivos.

Adicionalmente, cabe señalar las intervenciones regulatorias que tuvieron efecto sobre la actividad de distribución que, por su naturaleza, enfrenta retos más complejos. Destacan los ajustes al factor K, el reconocimiento de pérdidas operativas inherentes a la actividad con base en la experiencia internacional y la flexibilización del esquema de coberturas.

Otorgamiento y administración de permisos

En este ámbito, el desarrollo de la industria de gas natural fue menos dinámico a lo largo de este quinquenio en virtud de las condiciones macroeconómicas adversas y los precios históricamente elevados del petróleo y el gas natural.

No obstante lo anterior, se lograron avances importantes en tendido de redes y cobertura. En el quinquenio se sumaron alrededor de 260 mil usuarios y más de 13 mil kilómetros de redes. Con estas expansiones, la industria logró una inversión acumulada superior a 25 mil millones de pesos y más de dos millones de usuarios. Asimismo, se otorgó el primer permiso de distribución para operar en una zona geográfica (Valle-Cuautitlán-Texcoco-Hidalgo) una vez concluido el periodo de exclusividad.

En transporte se otorgaron cuatro nuevos permisos de acceso abierto, por un total de 1 235 km y 67 permisos para usos propios, lo que representa el mayor número de permisos de este tipo otorgados en un quinquenio. Entre los permisos expedidos sobresale el que llevará gas de la terminal de regasificación de Manzanillo a Guadalajara. Este ducto representa un ejemplo importante de la diversificación de suministro y flexibilidad de infraestructura que el sector energético ha fomentado activamente en los últimos años.

El permiso para la terminal de regasificación de Manzanillo, otorgado por la CRE en 2008, recibirá gas contratado por CFE en la Cuenca del Pacífico para suministrar las centrales reconfiguradas de Manzanillo y otras en el centro-occidente del país. Otro permiso de gran importancia ampara un proyecto de almacenamiento subterráneo en Veracruz.

En distribución, los planes de negocio resultantes de las revisiones quinquenales de tarifas establecen compromisos por 8 570 kilómetros de ductos que pretenden incorporar a la red 400 mil usuarios, aproximadamente.

En transporte, la revisión quinquenal más importante fue la aplicada al SNG. Se facilitará la eventual formación de un sistema de transporte integrado y minimizará las oportunidades de arbitraje con el precio del gas. Asimismo, se aprobó una metodología para calcular la capacidad que los usuarios del sistema tienen derecho a reservar bajo el concepto de “derechos adquiridos”.

En cuanto al marco regulatorio de la industria del gas LP, la CRE mantuvo una dinámica más pausada en contraste con el desarrollo de la regulación de gas natural. Entre otras circunstancias, esta situación se debió al proceso de reformas reglamentarias que condujo la Secretaría de Energía por un periodo prolongado y que finalmente se concretó con la expedición de un nuevo Reglamento de Gas Licuado de Petróleo en diciembre de 2007.

Las reformas a la Ley de la CRE otorgaron nuevas atribuciones al Organismo Desconcentrado para regular el almacenamiento de gas LP, hasta entonces bajo tutela de Sener. A fin de aplicar los principios normativos de la CRE a esta actividad, se expidió una resolución que requiere a los titulares de permiso de plantas de almacenamiento para depósito y suministro, la presentación de términos para la prestación del servicio congruentes con el acceso abierto, así como una propuesta de tarifas.

En los últimos cinco años se otorgaron tres de los cinco permisos de distribución de gas LP vigentes y dos de transporte. El más significativo es el correspondiente al Sistema Nacional de Gas LP (SNGLP), operado por Pemex. Este ducto vincula las plantas de proceso en el sureste con las zonas de consumo en el centro y occidente de México hasta la zona conurbada de Guadalajara. Este sistema contribuirá a un escenario más competitivo en la venta del combustible.

Como resultado de la reforma a la Ley de la CRE, se recibieron de la Secretaría de Energía 30 permisos de almacenamiento mediante planta de suministro y planta de depósito. Se espera lograr en breve la actualización de estos permisos bajo las prácticas administrativas y filosofía reguladora de la CRE.

La expedición de más permisos de distribución se ha reflejado en visitas de verificación que casi duplican las realizadas el quinquenio anterior. Es previsible que estas visitas aumenten con las atribuciones otorgadas a la CRE en materia de almacenamiento y la reciente expedición del permiso para el SNGLP.

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VTE

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