La Facturación Electrónica es un mecanismo de comprobación fiscal que se basa en el aprovechamiento de medios electrónicos para la generación, procesamiento, transmisión y resguardo de los documentos fiscales de manera digital. A partir de enero de 2011 inició paulatinamente sus uso generalizado con base en la reforma al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación. Con ello, los contribuyentes expiden documentos digitales como comprobantes por las actividades que realizan.
La Factura Electrónica cumple con los requisitos legales de los comprobantes tradicionales y garantiza, entre otras cosas, la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, lo que genera una mayor seguridad jurídica y disminuye los riesgos de fraude y de evasión fiscal ocasionados por la generación de comprobantes apócrifos que afectan a la economía formal.
Beneficios de la Factura Electrónica
- Reducción del costo por facturación hasta en 85%.
- Seguridad y rapidez en la emisión de los comprobantes.
- Simplificación de los procedimientos administrativos.
- Disminución del uso de papel, lo que contribuye a la preservación del medio ambiente.
- Mejora el servicio al cliente.
- Reduce costos y errores en el proceso de generación, captura, entrega y almacenamiento.
- Mayor control documental.
Requisitos que deben cumplir las Facturas Electrónicas (CFDI) en medios electrónicos
- El nombre, denominación o razón social del emisor,
- Domicilio fiscal. Si se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes.
- Clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida.
- Contener el número de folio asignado por el SAT.
- Lugar y fecha de expedición.
- Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.
- Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen.
- Valor unitario consignado en número e importe total señalado en número o en letra.
- Monto de los impuestos que en los términos de las disposiciones fiscales deban trasladarse, desglosados por tasa de impuesto, en su caso.
- Número y fecha del documento aduanero, así como la aduana por la cual se realizó la importación, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.
- Sello digital del contribuyente que lo expide.
Además deben contener los siguientes datos:
a) Folio asignado por el SAT.
b) Fecha y hora de certificación.
c) Número de serie del certificado digital del SAT con el que se realizó el sellado.
d) Sello digital del SAT.
Las Facturas Electrónicas (CFDI) cuentan con un elemento opcional llamado “Addenda”, que permite integrar información de tipo no fiscal o mercantil, en caso de requerirse. Esta “Addenda” debe incorporarse una vez que la factura haya sido validada por el SAT o el Proveedor de Certificación Autorizado (PAC) y se le hubiera asignado el folio.
Asimismo, se deben cumplir las especificaciones técnicas establecidas en la Resolución Miscelánea Fiscal y su Anexo 20, a saber:
- Utilizar el estándar del comprobante fiscal digital a través de Internet extensible [XML] (esquema-comprobante.xsd).
- Contemplar las reglas para la generación del sello digital de las Facturas Electrónicas (CFDI).
Fuente: Servicio de Administración Tributaria
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